lunes, 7 de noviembre de 2011

Proyecto de ley de privacidad telefónica

En el día de la fecha quiero proponer un proyecto de ley que voy a acercar a algún diputado o senador para que evalúe la posibilidad de meterlo en algún momento en el Congreso de la Nación.

El proyecto busca crear un registro para que cada titular de telefonía fija y celular pueda inscribirse en el mismo y así evitar recibir llamados de promociones y otros del estilo (ej: propaganda política). El fundamento para evaluar la realización de esta norma es sencillamente que todo este tipo de llamados invaden directamente nuestra privacidad, protegida por el artículo 19 de nuestra Constitución Nacional. Es inconcebible, por más que suceda a menudo, que no podamos hacer respetar un derecho de raigambre constitucional.

Tal vez a alguno le puede parecer exagerado esto que traigo a colación, pero la realidad es que la línea telefónica (sea fija o móvil) uno la contrata y paga su servicio con el fin de estar en contacto con las personas que desea. Es una falta de respeto y por ende un abuso a la intimidad y privacidad de una persona que la misma sea utilizada para realizar promociones comerciales. Adicionalmente, ese abuso debería estar penado también por la ley de defensa del consumidor (24.240). Ya bastante con los bombardeos diarios que nos realizan por todos los medios audiovisuales las empresas comerciantes de bienes y servicios como para que además tengamos que andar soportando que nos llamen por teléfono para ofrecernos sus productos. Es muy ingrato estar concentrado realizando algo en tu casa, puesto de trabajo o donde sea que uno esté y en ese momento recibir una llamada con una promoción.

Ahora bien, dado que los derechos no son absolutos, propongo la creación de este registro de manera que sólo se inscriban en él las personas que no deseen ser molestadas con estos llamados. Así la persona que quiera seguir recibiéndolos podrá hacerlo sencillamente sin hacer nada. De esta manera se respetan tanto los derechos de los comerciantes de promocionar sus productos, como de los potenciales consumidores abiertos a recibirlos y finalmente de esas personas que no son potenciales consumidores directamente porque no son receptivos de ese tipo de marketing.

El registro sería de sencilla creación, máxime tomando en cuenta las tecnologías actuales que permiten centralizar todo en una base de datos accesible por internet. Además es muy fácil la aplicación y el seguimiento del cumplimiento de los preceptos contenidos en este proyecto.

Sin dudas que los pormenores deben ser evaluados por las personas capacitadas para ello, pero considero que los lineamientos generales son bastante elocuentes y que se puede alcanzar enserio su finalidad.


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ACTUALIZACIÓN:

Un proyecto casi idéntico al que yo propongo fue tratado en la comisión de comunicaciones de la Cámara de Diputados. Este es el link del proyecto para que le peguen una leída si les interesa.

Lamentablemente este proyecto no llegó al recinto y por lo tanto no fue tratado, pero pude intercambiar un par de mensajes con una persona del FAP dentro del Congreso (Santiago Martinez) y me dijo que les interesa tratar de darle un impulso nuevamente el año próximo, que es cuando puede reanudarse las discusión por el mismo.

Desde ya espero que esto pueda salir alguna vez, necesitamos una ley que nos evite las continuas molestias que nos generan estos llamados comerciales que nunca nos interesan.

lunes, 24 de octubre de 2011

Cristina Reelecta: #Cristinazo

El resultado de la elección no fue más que lo esperado: Cristina Fernandez amplia vencedora y por ende reelecta. Los porcentajes mostraron un gran respaldo al Frente Para la Victoria y un marcado rechazo a dos candidatos que, a priori, aspiraban a ser firmes competidores. Alfonsín y Duhalde sufrieron un duro traspié. Uno con un magro 12%, sin cambios entre las Primarias y las elecciones de ayer, el otro yendose a pique, pasando de un 12% en las Primarias a un feo 5,90% ayer.

Otra vez, como hace 2 meses, los ganadores de la elección fueron Cristina, Binner y Altamira. Más de un 70% de los votantes eligieron por alguna de estas tres opciones, las cuales tienen un denominador común: una propuesta progresista. Esto no es casual realmente. Los grandes logros del modelo Kirchnerista en estos 8 años convencieron a gran parte del electorado. Nadie quiere volver al país "pre 2003". Si bien la Presidenta se llevó la mayoría de los escanios no deja de ser sorprendente la cantidad que ha sumado el actual gobernador de Santa Fé Hermes Juan Binner. Tuvo la difícil tarea de salir de la burbuja de su provincia y mal no le fue, tomando en cuenta que sumó casi 4 millones de votos en una campaña de no más de 5 meses. Ahora bien, Binner tiene la obligación de ser una oposición responsable. Debe capitalizar tanto voto a favor y pensar en las elecciones legislativas de 2013 para ahí si lanzarse firmemente como candidato nuevamente a Presidente en 2015. Tiene que aprender de Carrió, que también tuvo gran cantidad de votos a favor en su momento y los dilapidó increiblemente.
Por otro lado Altamira mantuvo la cantidad de votos que había obtenido en las Primarias y logró meter a Nestor Pitrola dentro de la Cámara de Diputados. Muy meritorio también "el milagro".

El resto de los candidatos tuvieron una derrota clara, algunos más decorosa y otros menos. Ya mencionamos a Duhalde y Alfonsín. Digamos que Rodriguez Saa también perdió votos, ni que hablar Carrió.

La apuesta en el país es evidente: no más gobiernos de derecha que basen su modelo en la reducción del gasto y el ajuste al pueblo. Sobre esta base tendrán que formularse las siguientes campañas electorales, máxime si la bonanza económica que produce un contexto mundial favorable continúa. Lo importante va a ser ver como reacciona el FPV ante esta abrumadora victoria tomando en cuenta que logró quorum propio en ambas cámaras del congreso junto con sus aliados, es decir si aprovecha la situación para solucionar los varios problemas que permanecen vigentes en el país (inflación, seguridad, salud, educación, vivienda) o si continúa haciendo caso omiso a ellos y adopta una posición aún más absolutista. El tener tanto poder obliga a Cristina a actuar responsablemente y con cuidado.

jueves, 11 de agosto de 2011

Binner, el adelantado

Hermes Binner es el único de los 10 candidatos a Presidente que participarán en esta elección primaria que está haciendo una campaña pensando en el 2015 antes que en esta elección. Si bien todos los candidatos se expresan queriendo hacer creer al interlocutor que apuntan a ganar la elección de la cual son parte, la realidad es que el actual Gobernador de la Provincia de Santa Fé sabe bien que no va a ganar la contienda del 2011. De esta manera, aceptando dignamente que hoy en día el oficialísmo tiene mucho más peso que cualquier oposición posible, se posiciona ante la opinión pública como uno de los principales contrincantes con el fin de lograr fuerza en estos próximos 4 años.

Todas las encuestas lo ubican a Binner entre el cuarto y el quinto lugar de las elecciones de octubre, con un techo de 9 o 10 puntos. La realidad es que sería todo un triunfo para el santafesino lograr un 10+ y, especialmente, obtener buenos porcentajes de votos en la CABA y en la provincia de Buenos Aires. Lamentablemente para él, al poco conocimiento que el país tiene del mismo se le suma el casi nulo aparato en Buenos Aires, por lo cual le será difícil sumar votos en los dos distritos electorales más importantes del país.
En Santa Fé puede lograr tranquilamente un 40+ y en Córdoba sería muy bueno llegar a ese 40%, tomando en cuenta que ya tiene un piso de 30 puntos con la buena elección de Luis Juez.
El resto del país es todo una incógnita, pero es sabido que hoy en día gran parte de los votos en dichos distritos se los llevará Cristina Fernández.

Viendo este panorama no es alocado lo que planea el médico Binner. Tiene que hacerse conocido en el resto del país y pensar en sumar a la fuerza gente que tenga peso en la Provincia de Buenos Aires. Stolbizer tiene un caudal de voto pero bastante bajo para cualquier candidato que tenga intenciones de ganar una elección nacional. Es por este motivo que el objetivo no es 2011 sino 2015.

El resto de los candidatos se sacan los cuernos para ver quien llega a ser segundo y, milagrosamente, pueda soñar con un ballotage con CFK. Además ninguno de los actuales opositores tiene la vocación de continuar en 2015 con este proceso de oposición. Alfonsín nunca dirigió siquiera un quiosco. A Duhálde le quedan las últimas balas en el cartucho de la política. Alberto Rodriguez Saa no se cansa de dar vergüenza en elecciones nacionales donde no tiene peso. Carrió pasó a ser una "exiliada política" en la conciencia popular gracias a sus continuas predicciones apocalípticas. Los partidos de izquierda y Proyecto Sur llevan candidatos que probablemente estén fuera de combate dentro de 4 años.

Para redondear entonces, 2011 será el año de la reelección de CFK. Tendrán 4 años para profundizar el modelo, como tanto les gusta decir a los kirchneristas. En 2015 CFK no podrá ser reelecta y, por como se observa el panorama hoy en día, no hay otro exponente del Frente Para la Victoria que pueda acaparar los votos que tiene ella. El kirchnerismo ya no es más un aparato, como lo fue con Nestor Kirchner a la cabeza. Ahora es un personalismo absoluto, con una líder impresionantemente carismática y enormemente capaz. Cuando ella deba dejar el poder habrá un lugar vacante, y es ese lugar que dejará Cristina el que aspira a ocupar Binner dentro de 4 años.

lunes, 8 de agosto de 2011

Esa sensación de conformismo

Se vienen las elecciones ejecutivas a nivel nacional y todo pinta para que se de una cómoda victoria del oficialismo. Cualquier encuesta que sea consultada marca que Cristina Fernandez obtendrá arriba de un 40% de votos y que el candidato que le siga no superará siquiera el 20%, razón por la cual triunfaría y automáticamente sería reelecta dado que no tendría la necesidad de ir a disputar una segunda vuelta.

Si uno se pone a analizar, a groso modo, la situación electoral, es bastante razonable llegar al resultado previsto por las encuestadoras. En lo que va del año de 11 elecciones que se realizaron 10 tuvieron como triunfador al oficialismo del lugar de la misma. Sólo hubo derrota del gobierno de turno en Catamarca. ¿A qué pueden atribuirse estos resultados tan similares en distintos puntos del país? Sencillamente a que la gente ha notado como su estilo y modo de vida (status quo) han progresado significativamente desde aquél fatídico año 2001. La generación K cumplirá 8 años a cargo del ejecutivo nacional, y las mejoras económicas del país son evidentes. Algunos les reprochan que estas mejoras se deben tan sólo a un contexto internacional favorable (alza significativa en el precio de la soja en el mundo), pero la realidad es que las mejoras no se circunscriben tan sólo a este aspecto. Hay que reconocer que primero con Nestor Kirchner y ahora con Cristina Fernandez el país ha recuperado una posición en el mundo que se creía perdida hasta hace 10 años. No puede negarse el gran aumento de la inclusión social, sea del modo que sea. El enorme crecimiento de la obra pública. La activa política en materia de derechos humanos. En fin, varios son los triunfos K en estos casi 8 años de mandato.
Gracias a todos estos aspectos positivos, que por suerte también tuvieron un gran reflejo dentro de cada una de las provincias, la gente comenzó a acostumbrarse a algo mejor, a entender que ese nivel de vida superior era posible. Entonces, ¿cómo pretender que la mayoría de la gente vote por un cambio cuando este cambio que se produjo en 2003 fue el que más mejoró su standard de vida en los últimos 25 años del país? Imposible. Capaz lo que pueda "reprocharse" en cierta forma es la visión acotada, es decir, el conformismo, el no querer cambiar por miedo a volver estar tan mal como en el 2001. Por otro lado, los candidatos opositores son, sin temor a faltarles el respeto, un absoluto mamarracho. Rescato solamente a una persona, y ella es Hermes Binner. ¿Por qué? Es muy simple: es el único de los opositores que tiene años de probada actividad ejecutiva y con grandes logros en varios aspectos. Es un político que, primero siendo Intendente de Rosario y luego Gobernador de Santa Fé, logró llevar a la provincia a los primeros planos dentro del país en varios indicadores socioeconómicos. Además hay que reconocerle una figura honesta, donde al parecer la corrupción nunca ha irrumpido, y esto es todo un logro si se toma en cuenta que casi todos los políticos argentinos tienen alguna "manchita" en sus curriculums.
¿El resto? Bueno, que decir. A Duhalde todos lo conocemos. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires por muchos años y luego Presidente interino. Se le conocen varios negocios turbios y, la verdad, nunca hizo muchas cosas destacables cuando le tocó ejercer el poder.
Ricardo Alfonsín nunca se desempeñó en ningún cargo. De hecho no existía políticamente hasta la muerte de su padre. Pretender que una persona sin historia política salte de repente a ser Presidente de La Nación me parece, cuanto menos, una locura.
Elisa Carrio perdió todo lo que había ganado en los primeros años de la pasada década. Todo el clamor popular que tenía se fue por la borda al ver que todas sus denuncias caían en la nada misma. Se convirtió en una "bocona", por no decir loca de remate.

En definitiva el mapa político para estas elecciones está planteado así: los que desean mantener su statu quo y aquellos que quieren cambiarlo. El problema es que estos últimos están muy diversificados, dado que muchos no tienen muy en claro que es lo que efectivamente quieren. Algunos de estos votarán a otros candidatos simplemente para no darle un voto a Cristina Fernandez, pero reconocen la valía de su persona y lo bien que marcha el país en ciertos aspectos. Lamentablemente de este último universo son pocos los que van a ir a votar por convicción, decididos a cambiar las cosas malas del país, a buscar algo más, no sólo conformarse con lo que ya se logró.

Si a mi me preguntan, creo que hay mucho por hacer todavía y veo poca voluntad de hacerlo por parte de este gobierno:

  • Combatir la inflación. 
  • Ejecutar, de una buena vez por todas, una política agraria completa y definida. Con esto no sólo me refiero a las retenciones, sino también a proteger los recursos naturales del país. Hay que frenar la siembra intempestiva de soja, la cual está devastando la tierra de nuestra nación.
  • Ponerse firme en materia de hidrocarburos y minería. La Nación está perdiendo fortunas porque las leyes en estos rubros son muy laxas y, no sólo perjudican al medio ambiente del país, sino que le dejan al mismo poquisimas regalías.
  • Debe haber un trabajo en conjunto entre las provincias y el Gobierno Nacional.
  • Darle un empuje definitivo a la industrialización. Fomentar la producción nacional. Una de las causas de la creciente inflación es precisamente que la oferta es menor a la demanda, eso produce una presión en los precios de los productos.
  • Mejorar de sobremanera la salud y educación nacional. Creo que este es uno de los puntos donde más hay que trabajar. La actual gestión nunca hizo incapié totalmente en esta cuestión, y es palmario que un país tenga educación y sistema sanitario de primer nivel, a fin de que lo pueda gozar todo el pueblo y no sólo aquellos pocos agraciados que utilizan el sistema privado.

jueves, 9 de junio de 2011

Retraso en los vuelos

En la presente entrada voy a dar información útil sobre la demora o retraso en la realización de un vuelo, la cual es aplicable directamente al caso que estamos viviendo hoy con el tema de las cenizas del volcán Puyehue.

El Derecho Aeronáutico es muy particular, tiene institutos muy específicos y, por ende, mucha gente (incluidos casi todos los abogados) no tiene la más pálida idea del régimen legal que debe aplicarse. En el tema específicamente referido por esta columna, hay que ir directamente a una resolución de la ANAC (Asociación Nacional de Aviación Civil), la 1532/98, la cual se refiere específicamente a disposiciones relativas a la ejecución del contrato de transporte aéreo.

En su artículo 12 se indica lo siguiente:

INCUMPLIMIENTO DE HORARIOS, ITINERARIOS, CANCELACION DE VUELOS Y DENEGACION DE EMBARQUE

a) Si debido a circunstancias operativas, técnicas, meteorológicas o de índole comercial, el transportador cancela o demora un vuelo o la entrega de equipaje por más de CUATRO (4) horas, o deniega el embarque porque no puede proporcionar espacio previamente confirmado (overbooking o sobreventa), o no puede hacer escala en el punto de parada - estancia o de destino del pasajero, o causa a un pasajero la pérdida de un vuelo de conexión para el que tenía una reserva confirmada, el pasajero, tendrá el derecho a:
- su inclusión obligatoria en el vuelo inmediato posterior del mismo transportador para su destino, o
- al endoso de su contrato de transporte, incluyendo conexiones con espacio confirmado, cuando sea aceptable para el pasajero, o
- a ser reencaminado por otra ruta hacia el destino indicado en el contrato, por los servicios del transportador o en los servicios de otro transportador, o por otro medio de transporte, en estos últimos casos sujeto a disponibilidad de espacio.

Si la suma de la tarifa, el cargo por exceso de equipaje y cualquier otro cargo de servicio aplicable por la nueva ruta es mayor que el valor de reintegro del billete o de la porción aplicable del mismo, el pasajero no abonará ninguna tarifa o cargo adicional y el transportador reintegrará la diferencia si la tarifa y cargos para la ruta reprogramada son menores:
- a la compensación por embarque denegado de acuerdo a las regulaciones del transportador.
- a la inmediata devolución, si le correspondiere, del precio del contrato de transporte no utilizado y conforme a las modalidades de pago efectuadas.

Aquellos pasajeros que, voluntaria y expresamente, acepten la compensación por embarque denegado y a realizar el transporte en alguna de las condiciones detalladas en este inciso, no tendrán derecho a efectuar ningún tipo de reclamo posterior al transportador, sin perjuicio de ser beneficiados con los servicios incidentales que provea el transportador a su cargo ante esta situación.

Asimismo, el transportador proporcionará al pasajero, sin cargo para el mismo, los siguientes servicios incidentales:
- comunicación telefónica o cablegráfica al punto de destino y comunicaciones locales.
- comidas y refrigerios de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo.
- alojamiento en hotel, en el aeropuerto o en la ciudad, cuando la demora de un vuelo exceda las CUATRO (4) horas.
- transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.


b) El presente régimen no ampara al transporte gratuito o a valor inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la tarifa aplicable y disponible para el público, salvo en los casos en que una disposición gubernamental determine lo contrario o lo establecido en las regulaciones del transportador.

c) En caso de overbooking o sobreventa, el presente régimen no ampara al pasajero que no se haya presentado en el lugar y a la hora indicada por el transportador, o que no haya cumplido con los requisitos de confirmación o reconfirmación de reserva de acuerdo a las regulaciones del transportador.

d) El transportador y sus agentes autorizados deberán exhibir el presente régimen a los pasajeros en los puntos de emisión de billetes, reserva de espacios y en los aeropuertos.


Como se puede ver, la aerolínea, como consecuencia de la demora, debe darle atención médica, gastronómica y hasta habitacional al pasajero, por más que no sea responsable por la misma. Entonces, no se deje engañar Sr. Pasajero, ud. tiene derecho a exigir que le paguen el alimento y el alojamiento en caso de que su vuelo se demore por más de 4 horas, sea por la causa que fuere.

Le digo más, en caso de que ud. deba abordar un vuelo en europa, existe una resolución del Parlamento Europeo (261/2004) en la cual se establece el derecho a una compensación monetaria que la aerolínea debe dar al pasajero en caso de que se produzca un retraso en su vuelo. Pueden leer esa resolución haciendo click en el link. Deben buscar simplemente a partir del artículo 6 para conocer cuales son las condiciones que deben darse para que ud. pueda exigir dicha compensación.


Para poder defenderse hay que conocer las normas que nos rigen, pero una vez que las conocemos depende de nosotros hacerlas respetar.

miércoles, 8 de junio de 2011

Argentina: un país en estado de protesta permanente

Es muy común hoy en día, por no decir que es algo constante, prender la radio o la televisión a la mañana tempranito y recibir la misma información todos los santos días. No, no hago referencia al estado del clima, sino que además de eso es ya típico que los medios hagan un informe (bastante detallado y preciso por cierto) de cada una de las protestas y piquetes que azotarán la Ciudad de Buenos Aires en el día de la fecha. Más allá del paradójico elogio que debo hacer de dicha logística, la cual permite al menos prevenir un poco el modo de transitar por esta jungla de concreto, me parece bastante llamativo que estemos tan empapados de esta realidad, casi como si fuese algo lógico el hecho de estarnos quejando todo el tiempo. Es tal vez hasta patológico. Desde aquel "cacerolazo" con el cual "chupete" De La Rua abandonó su puesto presidencial en 2001, nos hemos acostumbrado a realizar una protesta cuasi permanente. Se protesta por todo, ni más ni menos. Ahora bien, ¿qué análisis se puede hacer de esto?

Es inevitable hacer un análisis valorativo de la cuestión. No puedo dejar de emitir una opinión propia sobre esto, dado que vivo en la Ciudad de Buenos Aires y, por ende, me veo directamente afectado y comprometido por la "protesta permanente", tanto del lado pasivo como del lado activo. Tomando en cuenta esto, debo decir que no me parece algo correcto. Ojo, no digo que no esté bien protestar. Está perfecto reclamar por algo que uno considera justo, es hasta podríamos decir 'valiente', pero lo que está mal es quejarse excesivamente o utilizando medios desproporcionados para con el fin de la queja. Hay un ejemplo muy visual y que nos toca hoy en día y es el de las protestas en España. Desde acá las vemos y decimos: eso lo vivimos nosotros día a día. Hasta nos preguntamos: ¿qué le ven de raro?. Sin embargo, es casi noticia mundial el evento. ¿Por qué no es noticia mundial las protestas que se desarrollan acá?, y me refiero estrictamente a las ocurridas día tras día luego de esa ocurrida en diciembre de 2001. La respuesta es sencilla: nos acostumbramos, y creo que acostumbramos al mundo, a vivir en un estado de protesta permanente. De esta manera desvirtuamos la medida de fuerza y le hicimos perder, valga la redundancia, fuerza. Una cosa directamente relacionada con esto es lo dispuesto en la Constitución Nacional respecto del derecho de huelga. Sí, es cierto que tenemos derecho a hacer una huelga en nuestros trabajos cuando queremos hacer un reclamo, pero NO, no es cierto que se puede hacer una huelga por todo. La huelga como tal es una medida de fuerza que debe ser utilizada sólo como última opción, y esto está re contra confirmado por la jurisprudencia. Entonces, ¿hay que evitar las protestas, los cortes de calles?. Si y no, ya que hay que evitar hacerlas de manera tan liviana, pero no hay que dejar de hacerlas de forma permanente. Con esto quiero decir debemos tener prudencia con las medidas que adoptamos, ya que podemos llegar a agotar los caminos demasiado rápido y de esta manera quedarnos nosotros mismos sin herramientas para continuar los reclamos. Tenemos que evitar hacerle perder legitimidad a la protesta.

En definitiva no está mal quejarse, como ya lo he dejado bastante claro, lo que está mal es elegir los medios equivocados para hacerlo. Si por cualquier cosa cortamos una calle (más allá de que yo ya me he expresado en este espacio diciendo de que todos tenemos un derecho constitucional a circular libremente por todo el territorio nacional), no sólo nos ganamos una mala reputación social y un repudio generalizado para con la protesta, sino que la terminamos desvirtuando y, como también ya dije, le hacemos perder fuerza.

miércoles, 11 de mayo de 2011

Ley de prepagas

Ayer me puse a ver un rato a la noche C5N, y me encontré con Claudio Belocoppit (Presidente de Swiss Medical) charlando con Longobardi. Esta persona estaba explicando y vaticinando la muerte del sistema nacional de salud en caso de que sea sancionada y reglamentada la reciente ley de prepagas. Concretamente dio una explicación actuarial, económica, de porque no funcionaría el nuevo régimen de prepagas, al cual comparó con cualquier seguro de otra índole (automotor, del hogar, etc). Basicamente su razonamiento era el siguiente:
Actualmente el sistema de prepagas funciona gracias a que los afiliados sanos cubren, financian, a los enfermos. Como el universo de esos sanos es mucho mayor al de los enfermos, el sistema cierra económicamente. Si con la nueva ley de prepagas se les permite a las personas con enfermedades preexistentes ingresar a cualquier prepaga en cualquier momento, el sistema colapsaría, ya que los afiliados sanos se retirarían del mismo y recién volverían a afiliarse cuando les apareciese una enfermedad. De esta manera, por pura lógica, ese universo se reduciría drásticamente, dejando cada vez más un universo más grande de afiliados enfermos que no podría ser ya financiado.
Esta explicación es, cuanto menos, dudosa. Paso a explicar los motivos de mi forma de ver la situación.
El señor Belocoppit se olvida de ciertas cuestiones que no pueden no tomarse en cuenta para realizar este análisis:
  1. Las prepagas también funcionan como obras sociales, razón por la cual hay una cantidad fija de afiliados a los que esta ley no tocaría en nada y por ende todo seguiría igual para ellos. Con esto quiero decir que ese dinero que les ingresa, les seguirá ingresando, máxime tomando en cuenta que las retenciones que se le realizan al trabajador para pagar la obra social contratada por cada empleador son porcentajes de sus salarios, los cuales se ven actualizados constantemente.
  2. Las personas que pagan prepagas pueden dividirse en dos tipos: aquellas que son trabajadoras en relación de dependencia y por ende ya tienen una obra social pero deciden pagar una prepaga por necesidades particulares y por verse imposibilitadas de elegir esa prepaga como obra social (más adelante en el texto explico este tema); y aquellas que directamente no tienen una obra social (por no ser trabajadores en relación de dependencia o por estar trabajando "en negro") y por ende necesitan pagar una prepaga para verse cubiertas en cuanto a posibles enfermedades y cualquier necesidad de asistencia médica que requieran.
  3. De esos dos universos de personas mencionados el punto 2, habría que hacer el siguiente comentario. Las personas que forman parte del primero evidentemente nunca dejarán de pagar la prepaga porque la necesitan por elección personal. Las que forman parte del segundo tal vez algunas decidan borrarse del sistema de prepagas, pero la cuestión a analizar friamente es si dicha cantidad es o no una cantidad sensible. Una persona que paga una prepaga para verse protegida en cuanto a la salud, dudo mucho que deje de pagar simplemente porque ahora la ley le permite unirse a una prepaga cuando se enferme. ¿Por qué digo esto? Porque las personas sanas no pagan una prepaga esperando en algún momento enfermarse de un tumor o tener un ACV, la pagan por el día a día, porque saben que si se engripan van a poder ir a un médico en 30 minutos y este las va a medicar. Porque sienten la seguridad de que si tienen una carie van a poder ir a un dentista para que se las quiten. Nadie paga una prepaga esperando en tal vez 25 años tener una enfermedad grave. Los menos, como yo, que necesitamos de un servicio de prepaga para la cobertura de medicamentos muy caros, la pagamos por enfermedades que ya tenemos, pero no somos la mayoría.
Una cuestión adicional y que tiene que ver con este tema de forma directa es el de la desregulación de las obras sociales (decreto 446/2000). Según dicho decreto se le permite a cualquier trabajador en relación de dependencia, o incluso autónomo que esté inscripto en la AFIP, a desviar sus aportes a la obra social que desee a fin de afiliarse a la misma y desafiliarse de aquella que tenga el convenio con el empleador. Sin embargo, para que esto pueda ocurrir es necesario que se den dos cuestiones:
  • Que la obra social otorgada por el empleador esté inscripta en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
  • Que la obra social elegida por el trabajador para derivar sus aportes esté también inscripta en dicha superintendencia.
Lo que permite este sistema de desregulación es que los trabajadores podamos elegir libremente la obra social a la que queremos pertenecer, y esto es bueno porque obliga a dichas instituciones a mejorar sus prestaciones a fin de atraer cada vez a más y más trabajadores. Sin embargo, este sistema lejos está de ser ideal, y el motivo de ello son los 2 requisitos que acabamos de mencionar. Existen obras sociales sindicales que son "cerradas", por lo cual no se inscriben en la superintendencia en cuestión y por ende no permiten la salida y entrada de afiliados. De esta forma mantienen cautivos a sus afiliados y no les dan la posibilidad de elegir la obra social que deseen (ej. Obra Social del Poder Judicial de la Nación). Esto atenta directamente contra el espíritu del decreto 446/2000 y, ahora, contra un posible nuevo sistema de prepagas. ¿Por qué? Porque como dije ese decreto brega por la exelencia de las prestaciones de las obras sociales, las obliga a mejorar las mismas. Sin embargo, cuando se le da la posibilidad a una obra social de no entrar en ese esquema lo que se hace es asegurarle un caudal de dinero proveniente de aportes que nunca van a dejar de estar presentes. Estas obras sociales no tienen porque mejorar sus prestaciones, ya que no corren peligro de perder afiliados y, por ende, aportes.

Con todo este análisis lo que quiero significar es que para que sea viable la nueva ley de prepagas debería modificarse el decreto 446/2000 a fin de que la desregulación sea aplicada universalmente a todas las obras sociales y prepagas. No es justo que un trabajador se vea obligado a tener una obra social que no quiere, menos que menos cuando uno piensa que se trata de un servicio de salud, algo que es extremadamente personal y sensible. Si se hiciese esto sería todo muy simple, porque el universo de afiliados sanos no se reduciría, al menos no en las prepagas que funcionasen bien, todo lo contrario, en estas últimas se agrandaría, posibilitando un mejor financiamiento de los afiliados enfermos y hasta tal vez permitiendo una reducción de la cuota. Las prepagas que no brindan a sus afiliados un buen servicio seguramente terminarían desapareciendo, como debe ser. Esto no es ni más ni menos que el frio sistema capitalista de la OFERTA y DEMANDA.

lunes, 9 de mayo de 2011

Reparto de ganancias

Tal vez sea uno de los temas del año. Después de mucho tiempo de haber sido incorporado este principio (mejor dicho DERECHO) a la Constitución Nacional en su artículo 14 bis (...participación en las ganancias de las empresas...), comenzó una campaña para lograr su reglamentación legislativa y por ende su efectiva aplicación a la vida cotidiana de los argentinos. Esta cuestión, como todas las políticas, jurídicas, sociales y económicas, tiene muchas aristas para analizar, las cuales me parece que están quedando de lado. El impulso del trabajador en relación de dependencia, en su afán de engrosar su ingreso, brega por la aprobación de este proyecto legislativo, pero a mi criterio esto es un error. Hay muchas otras formas por medio de las cuales un trabajador puede recuperar capacidad monetaria, formas que no lo llevarían al mismo también a verse perjudicado en ciertas situaciones puntuales.

Participar en la ganancia de una empresa, sea cual fuere, implicaría que el salario del trabajador estuviese condicionado precisamente por la facturación de su empleador. A priori esto puede parecer bueno, porque si uno le pregunta a cualquier trabajador la mayoría responderá que su empleador "gana mucho dinero". Ninguno se conjura la posibilidad de que el empleador no obtenga grandes ganancias en algún período de facturación o inclusive que hasta pueda tener pérdidas. ¿Por qué pensamos así? No tengo la respuesta, supongo que un psicologo podría darme una mano en esta cuestión. Pero este pensamiento "magico", en el cual ponderamos siempre más lo que no tenemos que lo que si tenemos, nos lleva precisamente a querer participar de esas supuestas ganancias. Hace unos días, discutiendo este tema con una persona muy cercana de mi familia esta persona me decía que "las empresas nunca pierden". Bueno bien, esta afirmación es, cuanto menos, imprecisa. Las empresas si pierden, no siempre, pero tienen períodos de menores rendimientos. Ni hablar las PyMES, que tienen que meterle mucha garra para salir adelante en un país donde no existen los créditos productivos y donde reinan los monopolios y oligopolios que las obligan a tener que realmente sudar la camiseta para poder crecer. ¿Acaso el trabajador de una PyME estaría de acuerdo en reapartir también sus pérdidas? Ahora si tengo una respuesta a la pregunta: no lo creo.

Algunos parecen olvidar que uno de los máximos beneficios de ser un trabajador en relación de dependencia es precisamente tener el derecho a percibir un salario fijo, generalmente a fin de més. Puede parecer una verdad de perogruyo, pero este derecho es el que diferencia al trabajador del emprendedor, porque el primero pone su trabajo a disposición del segundo, no arriesga, cosa que si hace este último. La persona que realiza una inversión de capital en pos de obtener un beneficio económico arriesga mucho de si mismo para lograrlo. Gracias a ese riesgo que toma tal vez obtendrá ganancias, pero también asegura a una X cantidad de trabajadores un trabajo estable con un salario también estable. ¿Esto está mal? No, no es el sistema en si lo que está mal, lo que no está bien es que el trabajador tenga un salario irrisorio, que no sea acorde con las tareas que realiza ni con el lugar donde las ejecuta. Pero esto es agua de otro molino gente, esto no se soluciona repartiendo las ganancias, se soluciona respetando y haciendo respetar la legislación laboral, que por algo tiene el caracter de "orden público", porque es obligatoria para todos y deja de lado cualquier contrato privado que puedan celebrar las partes.

En otra entrada de este blog se trató el tema del impuesto a las ganancias, el cual tiene íntima relación con este. Dicho gravamen socava profundamente el salario del trabajador, por lo cual más que transformar todo el sistema para que este último participe de las ganancias de su empleador, habría que modificar ese impuesto que genera continuamente situaciones de doble imposición sobre un ingreso del trabajador que de ninguna manera puede ser considerado una ganancia.

En definitiva, creo que antes de dar una opinión sobre algo tan sensible como esto hay que informarse y analizar el tema. El proyecto del diputado Recalde es, creo yo, demagógico. Me hace acordar al "no positivo" de Cobos en rechazo de la resolución 125, cuando una cuestión política primó por encima de una necesidad económica y social como era la de frenar las excesivas exportaciones de soja a fin de promover, entre otras cosas, el multicultivo en un país que cada vez más se ve devastado por el monocultivo de soja. Evidentemente nos encontramos nuevamente frente a una propuesta "pogre", pero no porque esto tenga una connotación negativa, sino porque busca atraer votos en un año electoral, ni más ni menos.

jueves, 14 de abril de 2011

Del Impuesto a las Ganancias y otras yerbas

No cabe la menor duda de que el tema de los tributos e impuestos (ojo, ambos términos implican cosas distintas) es una cuestión eminentemente política y económica, razón por la cual cualquier análisis que se realice sobre él debe tener en cuenta estos contextos. Dicho esto, vale aclarar que ningún Estado puede funcionar sin estos instrumentos financieros. Los Estados no son en esta cuestión distintos de cualquier empresa: necesitan una caja, líquido monetario, para funcionar. De esta manera, voy a tratar de analizar el “problema” del impuesto a las ganancias (de ahora en más IG).

¿Qué grava estrictamente este impuesto?

El artículo 1 de la ley de IG dice lo siguiente: Todas las ganancias obtenidas por personas de existencia visible o ideal quedan sujetas al gravamen de emergencia que establece esta ley. Claro, el problema es interpretar que significa el término “ganancias”. Entiendo que una interpretación literal de la palabra sería un camino erróneo, porque acá lo que hay que entender es que quiso significar el legislador al momento de redactar la norma. Tal y como funciona el sistema al día de hoy, se aplica esta disposición al salario. Sin embargo, yo entiendo que el ingreso de un trabajador (sea en relación de dependencia o autónomo) no puede ser considerado como una ganancia. Creo que una ganancia como tal es un ingreso "extra" que una persona posee en razón de una actividad de inversión, y el trabajo de ninguna manera puede ser considerado como esto último, sino que todo lo contrario es una actividad de mera subsistencia. El trabajador no trabaja para tener ganancias adicionales, trabaja porque sino no come al final del día. Más claro imposible.

Ahora bien. Esta cuestión recién mencionada no es la única "turbia" en relación al IG. Si prestamos atención a la definición, en ella se indica sin lugar a interpretación que es una disposición de emergencia. ¿Qué significa esto? Simple, el Estado tiene la potestad de crear legislación de emergencia con el fin de paliar alguna situación de gravedad institucional. Se consideran así aquellos casos donde peligra la vida del Estado o de alguna de sus instituciones. Un ejemplo de estas normas son las ya reconocidas "de pesificación de los ahorros" o las de los sucesivos "corralitos". Esta ley es de 1997. Entonces la pregunta que uno tiene que hacerse es: ¿seguimos en emergencia? ¿14 años seguidos?. Son preguntas de difícil respuesta, porque parte de la doctrina y hasta la jurisprudencia dice que el Estado tiene la potestad de hacer esto, es decir, prorrogar normas de emergencia hasta que dure este estado. Yo no estoy de acuerdo. Me considero demasiado legalista como para aceptar que una norma de emergencia pueda prorrogarse 14 años continuamente. Creo que es una grave falta y, especialmente, un atentado a la Constitución Nacional, la cual claramente determina en varios pasajes de sus artículos que la emergencia es una situación excepcional y que cualquier disposición emitida en razón de ella debe tener un coto temporal predeterminado y establecido en el cuerpo normativo de la misma.

Siguiendo con el análisis de la ley de IG es tiempo de tocar un punto vital de la cuestión: la doble imposición. Esto último se da cuando dos o más tributos y/o impuestos gravan (es decir que "atacan") una misma actividad económica. Esta situación violaría lo dispuesto por el artículo 17 de la Constitución Nacional in fine, porque en él se establece la protección a la propiedad privada y el consecuente principio de inviolabilidad de la misma. Sería una violación a la propiedad privada la doble imposición tributaria porque posibilitaría al estado la sucesiva extracción de recursos de una misma fuente de ingresos. Pensemos en lo que esto significaría. Hay variada jurisprudencia donde se detalla precisamente esta prohibición ("TRANSPORTES AUTOMOTORES CHEVALIER S.A.", CSJN, T. 264. XXIX, 27/08/1998, disidencia del Dr. Vazquez; "Expreso Singer S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires", CSJN, T. 310, P. 1602, 20/08/1987). 
Sin embargo, hay que hacer una salvedad a esta cruda afirmación. La Corte Suprema sólo admite la doble imposición cuando exista, como consecuencia de ella, un gravamen económico que necesariamente implique una directa violación a la propiedad. En castellano sería cuando hay una merma significativa de la renta.
Otra cuestión a tener en cuenta es que los fallos mencionados tratan siempre sobre una doble imposición entre un impuesto nacional y un impuesto provincial. Entonces habría que adaptar el análisis a aquellos casos donde la doble imposición se da entre impuestos de una misma jurisdicción, como sería el caso del IG con, por ejemplo, el IVA. Un tributarista de ley me dirá que el IG grava una cosa totalmente distinta que el IVA, pero al fin y al cabo la disminución patrimonial responde al mismo concepto impositivo en el caso del asalariado. Esto es así porque el trabajador, como bien dijimos antes y repetimos ahora, utiliza su salario para sobrevivir, para adquirir los bienes y servicios necesarios para asegurar la subsistencia suya y de su grupo familiar. Tomando en cuenta esto es fácil ver que al ser reducido su salario previamente por obra y gracia del IG y posteriormente por el IVA al adquirir esos bienes y servicios, hay una clara doble imposición, y en este caso la misma ocurriría como consecuencia de dos impuestos de competencia nacional. Nada dice la jurisprudencia sobre esto.

Pero el análisis jurídico queda rengo si no se lo completa con el análisis económico y fáctico. Veamos un poco los números, es decir, que significa para el Estado nacional el IG y que significa, por ejemplo, el IVA.

En el 2010 se generaron ingresos por $ 272.169.910.794. De ese monto, $ 139.604.119.599 son gracias a impuestos indirectos. Recordemos, para algún desprevenido, que el IVA es el impuesto indirecto más importante dentro de cualquier sistema tributario. ¿Que muestra esto? Que más del 50% de los ingresos del Estado Nacional fueron gracias al IVA. ¿Cuánto obtuvo gracias al IG? $ 31.569.007.078, casi 5 veces menos que de IVA. 
Como ya remarcamos antes, el Estado necesita dinero para poder funcionar, pero a mi se me hace muy dificil no pensar que tal vez ese monto ($ 31.569.007.078) podría estar en el bolsillo de las personas que trabajaron para ello. El Estado ya tiene un impuesto dedicado exclusivamente a extraer recursos de las personas que más riquezas generan, y ese es el precisamente llamado Impuesto a la Riqueza. ¿Es necesario entonces que exista también un impuesto que grave las ganancias? Mi respuesta, como supondrán, es un no rotundo. Es un impuesto que está de más. Cierto es que a los fines prácticos es un impuesto progresivo (porque mientras más ingreso tenes más pagas), pero si con él sustraes lo mismo que finalmente quitas gracias al IVA (impuesto regresivo por excelencia) hay algo que no funciona. Idealmente lo que debería desaparecer, o al menos atenuarse, es este último impuesto, ya que como dijimos es regresivo y por ende carece totalmente de "justicia social". El IVA afecta siempre al que menos tiene, porque la persona que menos ingresos ostenta siempre va a utilizar un mayor porcentaje de su salario para adquirir bienes y servicios y por ende se verá afectado en mayor medida por esta figura tributaria. El que genera más ingresos dispondrá de gran parte de su dinero para el ahorro, la que no se verá alcanzada por el IVA.

En definitiva, según mi opinión, hay que solucionar este problema, y ello se logra de alguna de las dos maneras siguientes:
  • Eliminando el IG.
  • Matizando la incidencia del IVA en el bolsillo de la gente (no propongo eliminarlo porque ya vimos que lo que genera de caja para el Estado es desorbitante).


viernes, 4 de marzo de 2011

Toma del parque indoamericano ¿delito o contravención?

La jueza del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 26 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, María Cristina Nazar, resolvió que la toma del parque indoamericano que se produjo en diciembre del año pasado no puede ser considerada un delito (en concreto una usurpación) ya que no entrarían dentro de su tipificación las ocupaciones de espacios públicos debido a que los mismos son, como tales, no apropiables por nadie. De esta manera determinó que se trataría de una contravención, específicamente la prevista en el artículo 83 del Código Contravencional de la CABA: Ocupación indebida del espacio público.
Dicho esto vale hacer un análisis de la calificación realizada por la jueza para aclarar los tantos y poner la cuestión al alcance del público en general que tal vez no tiene un conocimiento profundo del derecho.
Para entender algo en derecho primero hay que ir a la norma, por lo tanto voy a transcribir los textos jurídicos donde se tipifican ambas conductas, tanto la de usurpación en el Código Penal como la de ocupación indebida del espacio público en el Código Contravencional. Vamos primero con el tipo más grave y luego con el más leve.

Art. 181 CP: Será reprimido con prisión de un mes a tres años:
el que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes;
el que, para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterarse los términos o límites del mismo;
el que, con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble.

Art. 83 CC: Quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, es sancionado/a con multa de doscientos ($ 200) a seiscientos ($ 600) pesos.
Quien organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido, es sancionado/a con multa de 5.000 a 30.000 pesos.
No constituye contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido, ni la actividad de los artistas callejeros en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria.

Como dijimos previamente, el argumento principal con el cual la jueza de la causa calificó bajo la segunda conducta a la actitud de los tomadores del parque fue que un inmueble del dominio público no es, como tal, apropiable, y que por esta circunstancia no sería viable la comisión del delito de usurpación ya que él implica la apropiación de un bien de dichas características. Bueno, esto no es tan así. Cierto es que no se encuentran dentro del comercio los bienes del dominio público, pero no puede limitarse la figura de la usurpación a la "apropiación" del bien. Claramente el inciso 1 del indicado artículo 181 CP refiere que habrá delito de usurpación cuando "se despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes". Como vemos, aquí en ningún lugar se exige la apropiación del inmueble para incurrir en delito de usurpación, basta con que se arbitren los medios como para que un legítimo tenedor o poseedor no pueda hacer uso de sus derechos sobre el inmueble para que se configure el tipo legal. En el caso del parque indoamericano hubo una ocupación física del espacio y por medio de ella se coartó el derecho tanto del Gobierno de la Ciudad de disponer del mismo como de los ciudadanos de ella de utilizarlo libremente. Pregunto: ¿esto no es una usurpación?. Después podemos discutir si hay otro tipo legal al intentarse vender las tierras que son propiedad del Estado, que llegado el caso podríamos estar hablando de la figura de estelionato (vender un bien ajeno como propio), pero en principio desde mi punto de vista no hay dudas de que estamos en presencia de una usurpación del espacio público. Si esto no fuera así, y le dieramos la razón a la Sra. Jueza, cualquiera podría entonces, por caso, tomar la casa rosada sin que ello pueda siquiera ser considerado un delito. Ridiculo.

Por otro lado, y apoyando aun más mi teoría, la figura establecida en el artículo 83 transcritpo no apunta a sancionar a aquellas personas que "tomen" por la fuerza un espacio de dominio público, sino a aquellas que lucren utilizando el mismo, es decir, que desarrollen una actividad comercial en un espacio no destinado a la misma o inclusive sin autorización para hacerlo.
Entiendo entonces, con toda la humildad posible, que la Dra. Nazar está equivocada en su calificación. Buscó hacer una valoración "social" de la cuestión, apuntando a proteger las necesidades reales e indudables de la población. Sin embargo, sin negar esta situación, no puede desvirtuarse un tipo legal de la forma en que ella lo hizo. Lo ocurrido en el parque indoamericano es claramente una usurpación, así como la actitud de los famosos "trapitos" es claramente una extorsión. Que nuestra justicia no quiera calificar de esa forma a dichas actitudes por miedo al repudio social o a ser tratados de "rigoristas" es otra cosa.

martes, 1 de marzo de 2011

Reforma a la constitución

Ciertas versiones dentro del seno del oficialismo nacional han deslizado la lejana posibilidad de reformar la constitución nacional a fin de lograr la reelección indefinida del presidente. El adjetivo "lejana" no fue utilizado por Diana Conti, la diputada del Frente Para La Victoria, al referirse a este tema, sino que lo incluyo yo para darle un toque de realismo a la cuestión.
Analicemos un poquito el tema de manera amplia, dejando por un rato de lado la cuestión de la reelección indefinida.

¿Es necesaria una reforma constitucional?

La última fue realizada en 1994 con el famoso 'Pacto de Olivos' entre Menem y Alfonsin, los dos pesos pesados en la política por esos años. La idea de ese pacto fue, desde el lado menemista, el mismo que ahora pregona la corriente ultra K: lograr la reelección. En ese momento consiguieron que se convocara al congreso general constituyente y modificaron la constitución nacional incluyendo la posibilidad de la reelección presidencial por un mandato. Luego Menem volvería a intentar una reforma apuntando a la re-reelección, cosa que por suerte no logró llevar a cabo.
Sin embargo, en ese momento el pacto se basó en darle esa concesión al oficialismo a cambio de morigerar el presidencialismo imperante hasta ese momento, cuestión que se vió plasmada por medio de la creación de la figura del Jefe de Gabinete de Ministros. Adicionalmente en dicha reforma se efectuaron cambios y adiciones mucho más importantes que los ya mencionados. A saber: inclusión de los derechos de tercera generación (derecho a un medio ambiente sano y derecho de los usuarios y consumidores), se le dió jerarquía constitucional a la acción de amparo para que cualquier individuo pueda defender sus derechos por medio de una acción rápida y expedita, también le fue reconocida dicha jerarquía a los tratados internacionales, especialmente a aquellos relativos a los derechos humanos, etc.
¿Y ahora? ¿La reforma tiene sentido? No es lógico hacer una reforma simplemente para extender un mandato presidencial, no es ni lógico ni sano institucionalmente hablando. Uno puede estar de acuerdo con la gestión de un gobierno o no, pero legalmente es un disparate convocar a una asamblea constituyente para reformar la constitución simplemente por esto. Si hilamos fino podríamos decir que hay ciertas cosas que tal vez podrían ser modificadas, como por ejemplo la ridiculez de la institución del juicio por jurados, que nuestra Carta Magna pregona pero que en práctica casi no existe en el país. También podríamos dedicarle tiempo a analizar el juego del MERCOSUR dentro de la CN. Hoy en día, si bien los tratados internacionales poseen jerarquía constitucional, tal vez sea necesario reconocer la importancia de una organización supranacional de tal manera de darle la entidad suficiente como para que pueda llevar a cabo todos sus objetivos. Esto fue lo que ocurrió en la Unión Europea, donde todos los países miembros resignaron parte de su soberanía (como por ejemplo la posibilidad de poder emitir una moneda propia) a fin de posibilitar el cumplimiento de objetivos superiores y comunes a toda la comunidad del viejo continente.

En definitiva no es viable una reforma constitucional por todas estas cuestiones. Sin ir más lejos es necesaria una mayoría de 2/3 de todos los miembros de ambas cámaras dentro del Congreso para que pueda accederse a la convocatoria de la asamblea reformatoria, mayoría que hoy el oficialismo no tiene, por lo cual esta discusión ya se torna sin sentido. Es decir, un delirio más de alguna persona con un poquitito de poder.

jueves, 27 de enero de 2011

La edad de imputabilidad

Tal vez el tema del mes. No se, en este país uno nunca sabe cual es el tema del momento, porque todos los días van cambiando pero son siempre los mismos. "La misma mierda con distinto olor", es el dicho popular.
Vamos a enforcarnos en esto. Para empezar hay que analizar diversas cuestiones.
El menor que comete un delito, ¿es plenamente culpable del mismo?. Con esto quiero decir, ¿tiene capacidad de raciocinio tal como para conjurarse que está mal actuar de esa manera y de las posibilidades que tiene para no hacerlo?. Bueno bien, para responder esto habría que hacer un análisis dependiendo de las edades de que se traten. No es lo mismo un menor de 10 años que un menor de 14, claramente. De hecho, como bien señaló nuestra Presidenta, los chicos de 14 años de hoy no son los mismos que los de hace 30 años. Hay varios factores que permiten darle veracidad a dicha afirmación, entre ellos el desarrollo social y educativo. Sin embargo, lo más relevante a tener en cuenta es que si hace unos años se modificó el Código Civil para adaptar la mayoría de edad y llevarla a los 18 años en lugar de los 21 previos, entonces hay una concepción acorde a lo reseñado por Cristina Fernandez. Teniendo en cuenta esto, entonces, ¿no sería lógico también bajar la edad de imputabilidad en el Código Penal?.

El artículo 8 del Código Penal dice lo siguiente: "Los menores de edad y las mujeres sufrirán las condenas en establecimientos especiales."

¿Qué significa esto? ¿Quienes son 'menores de edad'?. Bueno, hay muchas respuestas distintas para estas preguntas, y este es el problema del tema. Al ser tan interpretativa y dejar abiertas muchas puertas, esta disposición del Código Penal permite generar muchas opiniones distintas y ello hace que al mismo tiempo los magistrados puedan tomar caminos distintos para iguales situaciones.

Entiendo que al no estar definido en el código de referencia, será menor de edad todo aquel que no haya cumplido la edad de 18 años, dado que dicha es la edad fijada por el Código Civil al día de hoy. Sin embargo, las distintas leyes especiales regulan de forma distinta esta situación. Sin ir mas lejos la ley de Régimen Penal Juvenil de la Provincia de Buenos Aires establece una cosa para los mayores de 16 años y otra para los menores de esa edad. Desde mi punto de vista esto está muy mal. Las provincias no tienen la potestad de dictar leyes que regulen un aspecto reservado a la nación, como son las cuestiones penales. En este caso la edad de imputabilidad es una clara competencia dada al Congreso y por ello fijada en el artículo 8 del Código Penal. En razón de esto, no debería una ley provincial fijar un régimen propio, sino que la Nación debería dictar una norma para regular el aspecto a nivel nacional. Como dijimos, si no hay norma que diga lo contrario, la mayoría de edad debería ser a los 18 años, por lo cual según el Código Penal a los menores de esa edad se les debería aplicar un régimen especial, régimen que debería ser regulado especialmente. Esto último es lo clave, y no la edad en sí. Si el Estado se encargase de regular debidamente la forma de penalizar a aquellos menores que cometen delitos no estariamos discutiendo si hay que bajar o no la edad de imputabilidad, simplemente porque el Código Penal en ningún momento dice que los menores son inimputables, sino que deben cumplir las condenas en establecimientos especiales.

¿Tan dificil es regular este aspecto? ¿Establecer penas acordes a la edad de cada delincuente y rehabilitarlo donde corresponda?. No creo que lo sea, sino que creo que hay una lucha política para ver quien se lleva o no los votos. Como siempre nuestros gobernantes están pensando más en las elecciones que en el bien común del pueblo. Nada nuevo.

Otra cosita importante a resaltar. El mismo Código Civil señala que una persona tiene capacidad para discernir entre los actos lícitos e ilícitos a partir de los 10 años, si ¡10 años!. Entonces, si una persona puede saber que es lo que está bien y mal a partir de los 10 años, con más razón debería poder entender que, por caso, matar a otra persona está mal. ¿Por qué no se lo va a poder someter a un juicio penal?.

Los dejo con esta duda para que todos reflexionen sobre este tema, el cual es muy ríspido y genera muchas opiniones distintas.

lunes, 17 de enero de 2011

INFLAción

Cerramos 2010 y el INDEC sigue tapando la cloaca para que no salga el olor. Ya es conocido el motivo por el cual este instituto "dibuja" las cifras del indice de precios: evitar pagar mayores intereses internacionales. Perfecto, una práctica poco ética pero efectiva para tratar de salir del pozo donde nos metieron varios gobiernos derrochistas. Si hay algo que reconocerle a los gobiernos tanto de Nestor como de Cristina es el haber puesto enfasis en reposicionar el país en el panorama internacional. Esto es innegable: a los ojos del mundo hoy somos un país más serio que hace 10 años.

Ahora bien, esta última afirmación es contradictoria con la farsa creada por medio del INDEC, y además internamente esta despreocupación por la averrante inflación que cada año que pasa es mayor produce un malestar generalizado bastante razonable. Cada vez las cosas valen mas y por ende nuestros salarios valen menos. ¿Hasta donde vamos a llegar? ¿Hay mas hilo en el carretel?

Económicamente la inflación es consecuencia de una suba en la demanda de bienes y servicios que no se ve acompañada por un mismo incremento en la oferta de los mismos. Hay varios factores exógenos adicionales, pero a grandes rasgos la explicación simple es esa. Hoy el país sufre de esto. Los salarios se han disparado para arriba, se ha impulsado la compra por medio de los planes de cuotas sin interés, se ha impulsado el consumo a través de promociones, ofertas, etc. Todo esto eyectó literalmente la demanda. La otra pata de la ecuación no sufrió la misma suerte, ya que la oferta si bien aumentó desde aquel fatídico 2001 no lo hizo tanto como la oferta. Conclusión: el precio de los bienes y servicios sube.

La pregunta popular es: ¿Porqué no había casi inflación entre 2003 y 2007? La respuesta es simple. El nivel productivo del país tuvo un boom a partir de la presidencia de Kirchner, razón por la cual no hubo un incremento sostenido de los precios en esos años. Sin embargo, el mal estaba engendrado, ya había nacido, aunque aun sin activarse. El gobierno nacional no pudo sostener las políticas de producción elevada por varios motivos. Argentina por esos años crecia a una tasa del 9% anual, tasas llamadas "crecimiento chino". Se hizo imposible seguir produciendo tanto y se agregó otro factor importante: la depreciación del peso. Al dispararse las divisas como el dolar y el euro, la producción nacional tiende a exportar antes que a abastecer al mercado interno. De esta forma baja la oferta y, subiendo la demanda como sigue subiendo, hay una alza de precios.

En conclusión, el gobierno debería tomar este tema muy enserio. El país no puede continuar generando consumo "ficticio". Lamentablemente el proceso por el cual está yendo este gobierno es el mismo por el cual transitó el nefasto doble mandato menemista. Si bien las rutas son bien distintas, la salida de la autopista es la misma: una ficción económica que lleva al descalabro. Las soluciones posibles a este problema casi endémico en el país son varias. Macroeconómicamente se propone siempre el juego de las tasas de interés. Por un lado al subir los precios de los bienes y servicios baja el valor nominal del dinero, lo cual tendería a generar una baja también en las tasas de interés. Si vemos el desarrollo de estas últimas durante los años 2008, 2009 y 2010, han ido bajando hasta llegar a un promedio aproximado de 8% anual para la tasa pasiva. Recordemos que por los años 2006 y 2007 dicha tasa llegó a rondar el 22% anual. ¿Cuáles son los efectos de esta baja? Bueno bien, al descender las tasas de interés se pierde la capacidad de ahorro. La gente busca gastar más y más, creando una demanda desmedida en detrimento de un ahorro prolijo. Esto provoca un excesivo consumo. Utilizo el término "excesivo" porque la gente gasta de más, no por necesidad, sino porque tiene un poco de dinero y sabe que el ahorro no es posible con una inflación anual cercana al 30% entonces gasta para aprovisionarse de bienes. Obviamente que todo esto no es accidental, sino que es parte de una política del presente gobierno nacional. Por otro lado, también debido a una decisión política, el BCRA ordena tener un nivel bastante elevado de encaje a los bancos, evitando una cantidad elevada de préstamos y por ende un poco acceso al financiamiento productivo. Como vemos aquí está el problema de todo, ya que si no se consigue financiamiento para la producción es imposible aumentar la oferta de bienes y servicios para hacer frente a la creciente demanda.
Personalmente las respuestas que encuentro son 2:
  • Una medida monetaria, que sería la venta de dolares por el BCRA para sacar pesos de circulación y así generar una alza en la tasa de interés pasiva a fin de reactivar el ahorro y bajar el consumo. Esto tiene, sin embargo, algunos efectos tal vez no deseados. Por un lado porque de esta manera bajaría el tipo de cambio, apreciando el peso y creando peores condiciones para nuestros productos en el mundo. Por el otro porque se estaría "enfriando" la economía.
  • Una medida política, bajar la tasa de interés activa generando mejores oportunidades para los productores.

De cualquier manera vemos que la solución a esta ecuación la tiene la tasa de interés, y que es sobre eso donde debe trabajar el gobierno.